La incapacidad permanente en el caso de los autónomos

incapacidad permanente autónomoConocer tus derechos como autónomo es algo importante, especialmente si, por circunstancias de la vida, tienes un problema de salud que te impide desempeñar con normalidad tus actividades laborales. Por eso, hoy vamos a abordar el tema de la incapacidad permanente del autónomo, explicando qué se encuentra contemplado en la ley. Asimismo, veremos los diferentes grados de incapacidad permanente y los pasos que hay que dar para obtener el reconocimiento de dicha incapacidad.

Conocer tus derechos para obtener lo que te corresponde

A veces, desconocemos algunos mecanismos de protección que nos ofrece el Estado, como las indemnizaciones o las pensiones por incapacidad permanente. Tampoco se suele saber que, en caso de no ser concedidas por vía administrativa, se pueden conseguir por vía judicial, como demostró esta sentencia favorable a un autónomo hace unos meses.

Contemplar que las cosas pueden complicarse en algún momento de la vida no es ser pesimista, sino actuar con previsión y responsabilidad. Es por esta razón que contratamos seguros para el coche o la casa, asistimos a revisiones médicas o intentamos ahorrar. Siguiendo esta lógica, hoy vamos a analizar la incapacidad permanente para un autónomo. Te podemos adelantar que, a grandes rasgos, es muy similar a la que existe para asalariados.

¿A qué tipos de incapacidad permanente puede tener derecho un autónomo?

La ley contempla cinco situaciones, que se corresponden con grados de incapacidad laboral. Se reconocen cuatro tipos de incapacidad permanente: parcial, total, total cualificada y absoluta, además de la situación de gran invalidez.

1. La incapacidad permanente parcial y los derechos del autónomo

Se trata del grado más bajo de invalidez. Para tener derecho a indemnización, la enfermedad o lesión que haya causado la invalidez tiene que haber provocado una disminución de al menos un 33% en el rendimiento habitual del trabajador.

A un autónomo solo se le reconoce la incapacidad permanente parcial en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional. No se le reconoce en caso de enfermedad común o de un accidente no laboral, a diferencia de los trabajadores por cuenta ajena.

Se cobra mediante un pago único. La cuantía recibida equivale a 24 mensualidades de la base reguladora del trabajador. Por ejemplo, para un autónomo de menos de 48 años que cotiza por la base mínima, la cantidad sería de 22.664 euros.

2. La incapacidad permanente total

Se trata de una incapacidad permanente que se reconoce de igual forma para un autónomo que para un trabajador asalariado. Para conseguirla, el trabajador tiene que verse inhabilitado para el desempeño de las tareas propias de su trabajo actual. Se otorga la incapacidad tanto si está inhabilitado para todas las funciones o solo para las fundamentales para el desarrollo normal de su trabajo.

Es compatible con llevar a cabo una profesión distinta. Sirve como protección para el trabajador cuando ya no puede ejercer su profesión habitual.

En caso de ser aprobada la incapacidad total, se cobra por parte de la Seguridad Social una pensión del 55% de la base reguladora. Al cumplir los 55 años, se puede obtener la incapacidad total cualificada, que vamos a ver a continuación.

3. La incapacidad permanente total cualificada

Al cumplir los 55 años, la persona que recibe la incapacidad permanente puede ver el porcentaje del 55% de la base reguladora incrementarse al 75%, solo en caso de no desarrollar otra actividad laboral. Este incremento se diseñó porque, a medida que aumenta la edad, es más complicado encontrar un empleo. Por eso la pensión compensa esa falta de trabajo, únicamente para las personas en situación de desempleo.

4. La incapacidad permanente absoluta

También conocida popularmente como invalidez absoluta, esta clase de incapacidad permanente se reconoce a las personas que, por enfermedad o lesión, no pueden realizar ningún trabajo. Sin embargo, es importante destacar que el cobro de la pensión por incapacidad permanente absoluta no impide tener una actividad remunerada. La condición es que esa persona no pueda desempeñar una actividad laboral con un mínimo de rendimiento, eficacia y profesionalidad.

La cuantía mensual que perciben los pensionistas es el 100% de la base reguladora.

La gran invalidez

Cuando un individuo con una incapacidad permanente absoluta, sea un trabajador o un autónomo, se ve incapacitado incluso para realizar los actos más elementales de la vida diaria y necesita ayuda de otra persona, entonces puede obtener la gran invalidez. Estamos hablando de requerir ayuda para tareas fundamentales como ducharse, vestirse o comer, por poner unos ejemplos.

En ese caso, además del 100% de la base reguladora, se cobra un complemento económico, cuyo objetivo es poder pagar la asistencia requerida.

¿Cómo un autónomo puede obtener la incapacidad permanente?

Los requisitos básicos

  • Es necesario no haber llegado aún a la edad de jubilación.
  • También se requiere estar dado de alta en la Seguridad Social, o en una situación asimilada al alta.
  • Además, se exige un tiempo mínimo de cotización previa, salvo cuando la invalidez es consecuencia de una enfermedad profesional o un accidente laboral.

La vía administrativa

El primer paso es reunir la documentación requerida, aportando documentos como el DNI, historias clínicas e informes médicos, e informes laborales. En el expediente, se adjunta un formulario de incapacidad permanente debidamente cumplimentado.

La documentación se presenta en un centro de atención del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o por certificado digital, desde la sede electrónica.

A partir de ese momento se tramita la petición y se van cumpliendo los plazos administrativos.

La vía judicial

Es muy importante saber que una respuesta negativa por parte del INSS no significa que no se pueda conseguir la incapacidad permanente. Es recomendable consultar con un bufete de abogados especializados, que valorarán los pasos a seguir, y recurrirán ante la justicia la decisión administrativa. Al inicio del artículo, puse el ejemplo de una sentencia reciente. Un trabajador, que primero recibió una negativa por parte de la Seguridad Social, hasta que la justicia le diera la razón y el derecho a cobrar una pensión de 1.900€ al mes.

Dolencias físicas o psicológicas

Cuando pensamos en causas de incapacidad, solemos imaginar lesiones por accidentes, o enfermedades con consecuencias físicas que impiden efectuar algunas tareas. Sin embargo, una de las principales causas de invalidez son los problemas psicológicos, como por ejemplo la depresión crónica. Y el caso de la sentencia es un buen ejemplo de ello.

 

Con esa pequeña información, espero que tengas claro cómo funciona la incapacidad permanente para un autónomo, y también para el resto de trabajadores. Así sabes un poquito más sobre tus derechos y podrás pedir consejo si alguna vez estás en una de las situaciones descritas.

1 comentario en “La incapacidad permanente en el caso de los autónomos”

  1. Lucia flores martin

    Buenos díasTengo una invalidez permanenteY un negocio que he dejado abiertoPero no me va bienY no sé mis derechos sobre el negocioQuería trabajar pero me es muy difícil encontrar trabajoPodréis ayudarme para saber los derechos que tengo

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