La inseguridad jurídica del pequeño emprendedor autónomo

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La situación actual de las personas que quieren montar su propio negocio en España dista mucho de ser ideal. Existe una inseguridad jurídica en muchos pequeños aspectos, que pone a menudo el emprendedor frente a la elección entre normas estrictas y la ilegalidad.

 

En mi opinión, los dos ejemplos más representativos son las licencias de apertura y el tema de la cotización de autónomo.

 

 

La licencia de apertura

 

Pese a que el tema de las licencias este en vía de ser simplificado, en el fondo la situación sigue siendo muy insegura para cualquier emprendedor. Hasta hace poco, el proceso era el siguiente: la persona que quería abrir una actividad en un local o despacho tenía que solicitar una licencia de apertura en el ayuntamiento. Hasta que los técnicos del municipio contestaran podían transcurrir meses e incluso años, y en teoría, a pesar de una lógica tolerancia, no se podía iniciar la actividad.

 

En realidad, nadie podía estar pagando por un local vacío, y todos los negocios se ponían en marcha antes de recibir la luz verde oficial. Sin embargo, siempre estaban a merced de cualquier queja o multa, e incluso de un cierre del local por parte del ayuntamiento, por funcionar sin licencia. Todo por unos plazos totalmente absurdos de trámite en las administraciones.

 

Últimamente, se han adoptado medidas, y en principio basta con comunicar al ayuntamiento la apertura y se puede empezar a funcionar legalmente, siempre que el local cumpla con la normativa. Pero ya habíamos explicado como es prácticamente imposible encontrar un local adecuado, y en realidad los técnicos del ayuntamiento adoptan criterios flexibles y variables. La consecuencia, es que pese a funcionar normalmente durante meses e incluso años, se puede llegar a la situación de no obtener la licencia, y tener que abandonar el local, con toda la inversión que representó, la pérdida de clientela que supone, etc.

 

La inseguridad jurídica viene en estos casos de dos factores: unos plazos de tramitación inadmisibles y unos criterios demasiado estrictos que luego se interpretan en un sentido u otro según el funcionario.

 

Se habla mucho últimamente de reformar la administración y hacerla más productiva: aquí tenemos un ejemplo muy claro. La solución es sencilla: por un lado un plazo de respuesta para las licencias no superior a un mes para actividades simple (licencia ambiental) y de un máximo de dos meses para actividades más complejas (cualificadas). Hablo por supuesto de plazos reales, no del invento administrativo del plazo cuyo reloj para cada vez se le apetece a la administración. La otra medida es evidentemente simplificar la normativa, apoyándose sobre la experiencia de los técnicos, con el objetivo de aprobar en función de criterios objetivos, y no de interpretaciones personales.

 

 

La cotización de los autónomos

 

Cuando una persona quiere emprender, lo normal si su proyecto es pequeño es que lo haga desde el estatuto de trabajado autónomo. La normativa dice que para registrarse como tal tiene que inscribirse en el IAE (en Hacienda) y luego apuntarse al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Seguridad Social.

 

El criterio para saber si uno tiene que pagar la cotización del RETA es poco claro. Resumiendo dice que si se trata de una actividad habitual, hay que pagarlo. El problema es que es un importe muy significativo para alguien que empieza: 255€ al mes. Algunas personas y gestores dicen que si los ingresos son inferiores al salario mínimo (640€) no es obligatorio pagarlo, algo que ha sido respaldado por decisiones judiciales. Sin embargo, de nuevo entramos en zona de niebla. La mayoría de los funcionarios de la Seguridad Social nos dirán que si nuestros ingresos son muy pequeños no hace falta pagar, pero como el criterio no indica cifra alguna, y solo habla de actividad habitual, si no pagamos nos podemos encontrar con una cuantiosa multa y tener que pagar cuotas atrasadas. En este caso, de poco nos servirá que después de meses o años el tribunal nos de la razón, el daño estará hecho.

 

¿De donde viene esto? Probablemente del miedo a la economía sumergida. Es un absurdo: para evitar que los autónomos escondan parte de sus ingresos y paguen una cuota muy baja (o no paguen ninguna), la administración exige un mínimo de 255€ mensuales, inasumible para los que empiezan un humilde negocio. Pero en realidad, los que trabajan en lo negro lo seguirán haciendo, y los que quieren ser legales se quedan atrapados por un sistema o muy caro, o inseguro.

 

De nuevo la solución es muy sencilla. Por un lado se puede imaginar poner una cuota de autónomo muy baja (por ejemplo 50€) para aquellos que facturen menos que el salario mínimo, o durante los dos primeros años de funcionamiento. Como los autónomos hacen declaraciones trimestrales, sería fácil adaptar el importe en función de los ingresos de los últimos tres meses.

 

Por otro lado está claro que hay que dar caza a la economía sumergida, y dedicar tiempo y recursos a esta tarea, pero buscando a posteriori los culpables, no limitando a priori las posibilidades de las personas honestas que solo quieren emprender.

 

 

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Tags: inseguridad juridica

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